Jail Aurich (Hoy, 27-12-08)
El pasado dÍa 20 del presente mes en la página 12 del Suplemento Cultural Areíto,el señor Ismael Hernández Flores rebatió los conceptos emitidos por nosotros en la entrevista que nos hiciera la periodista Ángela Peña en fecha 15 de noviembre del presente año.
En sus escritos el señor Hernández cita que las opiniones que se viertan sobre temas históricos deben siempre estar avaladas por soportes documentales para que puedan ser creíbles, expresando que los conceptos externados por nosotros estaban carentes de fundamento.
Queremos aclarar que en ningún momento emitimos declaración alguna sin estar la misma apoyada por una base documental y un análisis objetivo del momento histórico en que fue votada nuestra primera Carta Magna. Justificamos el artículo 210 y reafirmamos su justificación ya que fue mediante ese acápite constitucional que se lograron las victorias en las cuatro campañas militares que durante doce años sellaron para siempre la independencia de nuestra bien amada Patria Dominicana
Fue mediante el art. 210 que el primer Presidente Constitucional de nuestra República, el General Libertador Pedro Santana Familia, organizó el ejército dominicano mediante el decreto No.23 de fecha 29 de noviembre de 1844 creando posteriormente los diferentes batallones como el de Nigua o el temible Regimiento Seibano sembrador del temor entre la soldadesca haitiana. Hay que constatar que el 29 de noviembre de 1844, se consagró como Día del Ejército Nacional, fecha memorable de aquella disposición emanada de la primera espada dominicana.
Amparado en el artículo 210 se llevó a cabo la estrategia militar encabezada por Santana en la llamada guerra Domínico-haitiana ,en la cual distintiguidos historiadores y estrategas militares como el General Radhamés Hungría Morel en su obra titulada Calendas Históricas y Militares Dominicanas,Volumen I, cita en su página.128, sobre el General Libertador:El General Santana, vencedor en los campos gloriosos de Azua y Las Carreras y genio militar que concibió el impenetrable triángulo estratégico Azua-San Juan-Neiba, cuyo resultado fue el de las resonantes victorias obtenidas en las batallas gemelas libradas en Santomé y El Cambronal.Estas aseveraciones del fenecido historiador Hungría Morel y otros respaldan nuestra firme postura en torno a la utilización del tan discutido artículo 210 y sus consecuencias en el logro de la victoria militar frente al ejército haitiano.
Se refiere el señor Hernández a los fusilamientos de personalidades tales como:María Trinidad Sánchez, José del Carmen Figueroa, Andres Sánchez y otros. No nos confabulamos con el fusilamiento de estos dominicanos, pero el proceso político y militar de aquellos tiempos en donde había un estado de guerra, conjuras de golpe de Estado y diferencias políticas entre varios sectores, causaron el desenlace trágico de aquellos mártires de febrero de 1845.
No obstante haya tenido el fatídico final, los fusilados fueron llevados a un juicio sumario, tal como siempre dispuso el General Santana en contra de sus adversarios políticos a diferencia de Buenaventura Báez y Ulises Heureaux que fusilaban sin impartir las providencias jurídicas de lugar a sus opositores. En el caso de María Trinidad Sánchez, no se explica que pese al fusilamiento de la misma, haya en el seno de la familia Sánchez, la tradición oral plasmada en un artículo del periódico El Caribe,fechado el 18 de octubre de 1956, el cual cita la exoneración de culpabilidad de Santana por parte de Juan Francisco Sanchez, creencia atribuida por su propio padre y Prócer de la Patria, Francisco del Rosario Sánchez.
Cómo es posible que tras el fusilamiento de los hermanos José Joaquín y Gabino Puello, tal como lo señala el señor Hernández, se haya unido posteriormente a la Anexión a España, propiciada por Santana, el propio hermano de los fusilados,el Mariscal Eusebio Puello, quien se retiró junto al ejército anexionista, tras el Pacto del Carmelo firmado en 1865.
Usted menciona las dádivas otorgadas al General Santana por el Congreso Nacional en 1849 y 1852, así como el usufructo de la isla Saona por espacio de cincuenta años,no sabiendo que el mismo General Pedro Santana murió en la pobreza dejando sus diezmados bienes a los pocos familiares que le quedaban. No conoce que el propio Pedro Santana conjuntamente con su primera esposa Micaela de Rivera y la familia Febles, dieron parte de su fortuna para sostener el proceso separatista que se inició en 1844?
Se menciona el libro del Doctor Joaquín Balaguer titulado El Centinela de la Fronteraen donde se tilda como escaramuza la batalla de las Carreras y se exalta la batalla de El Número protagonizada por el General Antonio Duvergé. Hacemos mención que fue el propio General Santana quien dio la orden tanto al General Antonio Duvergé como al Coronel Francisco Domínguez para que con trescientos hombres se hicieran cargo del puesto del Alto del Número, con la misión única y exclusiva de retardar o detener el avance del enemigo de forma momentánea, dato consignado en el mencionado libro del General Hungría Morel. También desconoce Hernández que fue el mismo Doctor Balaguer en su calidad de Presidente de la República que ordenó el traslado al Panteón de la Patria de los restos del General Pedro Santana; y también que la principal Academia Militar del país lleva el nombre de Academia Militar Batalla de las Carreras.
Hacemos constar que el señor Hernández hace mención de Santana como figura protagónica en la Anexión de la República a la Monarquía española en 1861, pero en ningún momento hace referencia al listado de personajes que firmaron dicha anexión como José Gabriel García ,padre de la historiografía dominicana, Ulises Francisco Espaillat o el prócer naval dominicano el General Juan Alejandro Acosta, entre otros personajes de la historia que también tuvieron su cuota de responsabilidad en dicho acto.
En cuanto a la figura de Buenaventura Báez los conceptos en el artículo expuesto por el señor Hernández son exagerados ya que nos limitamos a citar la figura de Báez como el más indicado constituyente para representar a su provincia natal Azua, por su capacidad intelectual incuestionable para ser partícipe en la redacción de la Constitución de San Cristóbal en noviembre de 1844. En ningún momento nos referimos al ejercicio del poder por parte del Presidente Báez.
Por último queremos puntualizar que nuestras opiniones no son simplistas ya que la historia política dominicana ha sido protagonizada por el Conservadurismo que desde la implementación del artículo 210 hasta el 55 han dado facultades amplias al primer Mandatario de la Nación en el uso del poder; con esto resaltamos la frase de la Gloria militar de Chile el General José Miguel Carreras, en alusión al artículo 210.La libertad no se consigue con sensibilidad.