Nacionales Politica

El juez que merece la república (V)

Written by Debate Plural
Edgar Hernández Mejía (Listin, 16-10-17)

El importante tema, “Capacitación del Juez”, necesariamente tiene que abarcar el concepto “adecuada redacción de las sentencias”.

En otras palabras, el juez verdaderamente capacitado, además de tener dominio de las leyes, la jurisprudencia y la doctrina de materia o materias a las que se dedica, debe conocer plenamente la técnica de estructuración de sus decisiones.

Esto así, en razón de que no basta decidir con justicia y correcta aplicación del Derecho, se requiere además que las piezas emanadas del juez (sentencias) estén bien fundamentadas, respondan todos los puntos expuestos por las partes, y, sobre todo, que sean entendibles, que sean idiomáticamente comprensibles.

Todas las sentencias constan: a) de una parte introductiva, b) de una parte donde se exponen las consideraciones y c) de otra parte donde se dispone o expresa la decisión tomada.

Por eso hablamos de la parte identificatoria de la sentencia (donde se hace constar los tribunales actuantes, los nombres de los jueces, del fiscal y de los abogados y sus calidades, así como los nombres y las generales de las partes, los tipos de acciones, demandas o querellamientos del caso, y también las conclusiones con las pretensiones de cada parte con interés en el proceso).

Además, hablamos de la parte motivacional o de motivación de la sentencia, que no es más que la exposición sumaria de los puntos de hecho y de derecho, y la fundamentación o base de sustentación jurídica de lo decidido por el juez, lo cual se expone en los “considerandos” de la sentencia.

Finalmente, se habla de la parte dispositiva de la sentencia, lo que se contrae a lo decidido u ordenado por el juez en el fallo; o sea, lo que se dispone.

Es lo que se expresa al final de la sentencia en varios ordinales. Ejemplo A: Primero: Se acoge la demanda…; Segundo: Se ordena la cancelación del Certificado de Título número…; Tercero: Se condena a la parte demandada al pago de las costas … Ejemplo B: Primero: Se declara a Fulano culpable del crimen de Falsedad en Escritura Pública …; Segundo: Se condena a cumplir diez años de reclusión mayor …; Tercero: Se ordena la confiscación de la impresora que figura como cuerpo del delito … Todo lo anterior se sustenta en el derecho común, en el artículo 141 del Código de Procedimiento Civil. Del mismo modo, el artículo 334 del Código Procesal Penal instituye pautas en este sentido para la materia que regula.

Por otra parte, al margen de la forma de la sentencia, los tratadistas hablan de los planos de la sentencia; refiriéndose a cinco pautas de las que recomiendan partir, a fines de lograr una decisión bien estructurada.

Los mencionados planos de la sentencia son denominados de la manera siguiente: 1) Plano Lógico (es el razonamiento que debe hacer constar el juez en su decisión, en el que vincule o relacione la ley aplicable con los hechos establecidos en el tribunal).

2) Plano Normativo (se refiere a todas las leyes especiales, códigos, etc. aplicables en el caso de que se trate, las cuales deben citarse correctamente en el cuerpo de la sentencia).

3) Plano Fáctico (son los hechos establecidos, las situaciones comprobadas en el tribunal, que deben exponerse con claridad y precisión).

4) Plano Lingu¨.stico (que se contrae al correcto uso del idioma; es decir, al adecuado empleo de las palabras en la redacción de las decisiones judiciales; esto, con el objetivo de que se entienda, tanto lo decidido u ordenado, como los motivos o argumentos por los cuales se dictó el fallo de que se trate).

5) Plano Axiológico (que se relaciona con las costumbres, pautas culturales, tradiciones y valores de la sociedad y el impacto o repercusión que podrían tener en el seno de la misma, determinadas disposiciones u órdenes contenidas en una sentencia).

En conclusión, el producir sentencias bien fundamentadas, entendibles, autosuficientes y claras, es parte esencial de las obligaciones del juez.

About the author

Debate Plural

Un medio independiente, libre, plural, sin ataduras con empresas o gobiernos; buscando el desarrollo de una conciencia critica, y la verdad que subyace en el correr de la vida nacional e internacional para el empoderamiento del pueblo dominicano en relación con las luchas y reivindicaciones económicas y sociales fundamentales

Leave a Comment