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EU pretendió instalar base militar en sureste RD (2)

Written by Angel Moreta

Por: Angel Moreta (Autor-Editor)

 

El Tribunal Constitucional de República Dominicana, con su sentencia No.0315-15, de fecha 25 de septiembre del año 2015, declaró incompatible con la Constitución de la República el contrato firmado por el presidente Danilo Medina con los EEUU en enero 2015 sobre “estatus” del personal militar de ese país en el territorio nacional y con esa decisión salvó la soberanía y la independencia dominicanas.

La soberanía y el territorio dominicanos han estado bajo las pretensiones de EEUU desde mediados del siglo XIX hasta el día de hoy.

Los dominicanos conocemos que Buenaventura Báez negoció con la nación del norte la Bahía de Samaná  y la nacionalidad dominicana. Esto ocurrió después del final de la guerra de restauración de nuestro país, la cual terminó en 1863. Los objetivos del presidente Báez no pudieron concretizarse debido a un conjunto de circunstancias que actuaron históricamente en su contra y dificultaron la concretización de los acuerdos  espúreos realizados por el sátrapa del periodo de la “guerra de los seis años”.

A lo largo del siglo XX, los EEUU invadieron y ocuparon en tres ocasiones a República Dominicana, humillando la soberanía del país. Primero, a principios del siglo XX se produjo la ocupación de las aduanas del país con el fin de cobrarse las deudas que había contraído Ulises Hereaux con los préstamos de la Westendorp; luego en 1916 se produjo la primera intervención militar y ocupación de todo el territorio nacional, hasta el año 1924; y en abril del año 1965, los Estados Unidos invadieron el país con el propósito geopolítico de abortar y frustrar la guerra popular constitucionalista, con participación militar y civil rebelde, que tenía por objetivo el retorno de Juan Bosch al poder y el regreso a la Constitución de 1963.

Las empresas multinacionales norteamericanas han mantenido a lo largo del siglo XX un control importante sobre la economía y la sociedad dominicana a través de sus agencias “humanitarias” y de inteligencia; y actualmente el poder pentagonista  e injerencista de EEUU continua ambicionando la ocupación de una parte del territorio nacional con fines de desarrollar una base militar estratégica para la región de El Caribe. Todo el mundo recuerda en 2013 el caso de las pretensiones de apoderarse de Isla Saona con pretextos humanitarios. Y en 2015,  el caso al cual nos estamos refiriendo ahora, a saber, la firma de un contrato injerencista donde se permite a EEUU la ocupación de una parte del territorio nacional en el sureste del país, con un conjunto de ventajas a favor de ese país y de sus estamentos políticos y militares.

El último intento lo constituye el contrato firmado por Danilo Medina con el gobierno de los EEUU, en fecha 20 de enero del año 2015. Ese contrato escandaloso entrega la soberanía nacional a EEUU; fue enviado al Tribunal Constitucional desde el Congreso Nacional el 11 de marzo del año 2015 para fines de control preventivo de constitucionalidad, en virtud de las disposiciones de los artículos 128 y 185 de la Constitución de la República Dominicana.

El contrato o acuerdo que firmara el presidente Medina el 20 de enero del año 2015 se titulaba eufemísticamente “Acuerdo entre la República Dominicana y los Estados Unidos de América sobre estatus del personal EEUU en República Dominicana”, suscrito en la fecha señalada, con la intención supuestamente de “regular normativamente” el estatus del personal militar y civil de los EEUU en República Dominicana; y fue enviado al Tribunal Constitucional a los fines de garantizar la supremacía de la Constitución de 2010.

El referido acuerdo, que fue famélicamente divulgado por los medios de comunicación del país, se contrajo con la pretensión supuestamente de normativizar la presencia del personal militar y de contratistas civiles de EEUU que estén temporalmente presentes en  República Dominicana en relación con visitas, “actividades de capacitación”, “ejercicios militares”, “actividades humanitarias”, y otras acciones mutuamente acordadas pero no especificadas entre ambos países.

Lo anterior, a los fines de que República Dominicana otorgara al “personal militar” de los EEUU las “facilidades y garantías que permitan el desempeño de las labores a realizar por tales agentes dentro del espíritu de colaboración que prevalece entre ambos países”. Obviamente, no se establecen cuáles son esas “labores” que realizaría dicho personal militar y civil en el territorio nacional.

“Personal de los Estados Unidos” significa los miembros de las fuerzas armadas de los Estados Unidos y los funcionarios civiles del Departamento de Defensa de los Estados Unidos. Y “contratistas de los Estados Unidos” significa las compañías que no son de República Dominicana, y sus empleados que no son nacionales de República Dominicana, todo bajo contrato con el Departamento de Defensa de los EEUU y que estén temporalmente presentes en el país en conexión con actividades en el marco del presente acuerdo.

El contrato de marras firmado por el presidente Medina el 20 de enero de 2015 contempla un conjunto de privilegios e inmunidades que hieren profundamente la soberanía del país. En efecto el contrato contempla cosas como las que mencionamos más abajo:

1) autorización para acceder libremente  y circular en las instalaciones acordadas entre las partes, que se relacionen con las actividades militares y civiles en el territorio nacional.

2) autorización para ingresar y poner en libre circulación aeronaves y embarcaciones de EEUU en el territorio nacional, sin posibilidad de inspección, de abordaje ni de control por parte de las autoridades dominicanas.

3) autorización para el uso y porte de armas de guerra en el territorio nacional; y de uniformes de las fuerzas armadas de EEUU libremente en provincias y regiones del país.

4) Concesión de privilegios especiales y exoneraciones fiscales totales para la importación de todos los equipos, materiales militares y materias primas  que pudieren traer las tropas y el Departamento de Defensa de EEUU.

5) autorización para el uso, libre de costo alguno, del espectro radioeléctrico dominicano, siendo que ambos gobiernos renuncian al derecho de iniciar reclamaciones por hechos que afecten la propiedad o la integridad del personal militar de las fuerzas armadas de EEUU, o del personal civil mencionado.

Se trata de un fenómeno descomunal, se trata de la extensión abusiva del artículo 31.1 de la Convención de Viena, traspasando las inmunidades diplomáticas al personal militar de los EEUU presente en República Dominicana. Los soldados, podría decirse, a título jocoso, a la luz del convenio adquieren calidad de diplomáticos.

El Tribunal Constitucional de República Dominicana, gracias Dios que lo tenemos, en su sentencia No.TC-0315-15, examinó punto por punto, en ejercicio del control preventivo de constitucionalidad, el convenio  de marras intervenido entre el gobierno de República Dominicana y el gobierno de Estados Unidos de América, de fecha 25 de septiembre del año 2015, sentencia de más de 35 páginas que ordenó de manera concienzuda y patriótica declarar no conforme con la Constitución de la República Dominicana  el “acuerdo sobre estatus del personal (militar) de los Estados Unidos en República Dominicana”

La importantísima e histórica decisión TC-0315-15, emanada de nuestro Tribunal Constitucional, salvó la soberanía de República Dominicana, en un momento crucial en que el presidente Danilo Medina se preparaba para modificar el artículo 124 de la Constitución 2010, de tal modo que pudiera introducir la figura de la reelección presidencial, como lo hizo, comprando la voluntad y el pensamiento de la mayoría de los miembros de las cámaras legislativas.

El presidente Medina con esa acción se hizo responsable de modificar la Constitución mediante mecanismos espúreos, y preparó a su partido corporativo para realizar unas elecciones a todas luces fraudulentas, gastando millones y millones del erario público, sin ninguna consideración.

Pero contrariamente se echó sobre sus hombros la responsabilidad histórica de negociar la soberanía del país como manera de buscar apoyo para su proyecto reeleccionista, comprometiendo de hoy y para siempre su responsabilidad histórica.

Los medios de comunicación de República Dominicana hicieron silencio de manera importante y el pueblo dominicano hasta hoy no sabe ni conoce de la existencia del convenio firmado con Estados Unidos ni de la sentencia honrosa TC-315-15, hoy desconocida para la inmensa mayoría de los ciudadanos.

Continuaremos analizando próximamente dicha sentencia del TC que salvó, repetimos, la soberanía y la independencia de República Dominicana frente al avasallamiento y las pretensiones de los EEUU, que persiguen desesperadamente asegurar un territorio en nuestro país para establecer una base militar estratégica en República Dominicana, aspiración sucia que no podemos tolerar ni aceptar los dominicanos.

Debemos repudiar que el presidente de la República, con el fin de poder  reelegirse en el poder, haya consentido en firmar un contrato vergonzante como al que estamos aludimos refiriendo más arriba.

Invitamos a los intelectuales de República Dominicana, al pueblo en general, a los profesionales, maestros, abogados, médicos, trabajadores del comercio, de la industria, de las finanzas, del turismo, a leer el festinado contrato firmado por el presidente de la República con los EEUU, dando origen una situación negativa de negociación de la soberanía y la independencia de nuestro país. (Continuaremos).

About the author

Angel Moreta

Angel Moreta, jurista, sociólogo, y filósofo; Profesor-investigador de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), República Dominicana, Autor-Editor de Debateplural.

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