Nacionales Politica

genuflexión y miedo con la ley 169-14

Written by Debate Plural

Jose Ricardo Taveras (D. Libre, 4-4-18)

 

Mediante Nota 1076 del 01/12/2017, el Gobierno dominicano propuso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la creación de una “Mesa de Trabajo”, la cual fue acompañada de una enunciación que incluye “Temas de interés del Sistema Interamericano” sobre las “acciones estatales en marcha para el desarrollo en materia de adquisición de la nacionalidad y migración”, también de aborto. (Informe CIDH, Ord. 12 Pág. 886).

El Gobierno le propone a la CIDH, no al revés, el abordaje de temas tendentes a concluir los trabajos de desmantelamiento de la Sentencia 168/13, bajo el sutil título de “Adquisición de la Nacionalidad y Migración (políticas públicas post Sentencia 168-13: Ley 169-14 y Plan Nacional de Regularización de Extranjeros)”, que incluyen “garantizar el acceso a la documentación, en igualdad y sin discriminación e incrementar los caminos para el acceso efectivo al registro civil”,así como “avanzar en la implementación del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros y ofrecer alternativas para acceder al registro y documentación de migrantes.” (Ibid. Pág. 913).

Bajo esa premisa que incluye “avanzar” en un plan vencido y de la más correctamente llamada Mesa de Genuflexión, es que la CIDH, bajo el alegato de que el Estado dominicano ha servido información suficiente sobre las medidas que viene adoptando, lo que le permite avistar “que a largo plazo y de forma gradual podrían contribuir en la superación de las condiciones que dieron motivo a la inclusión de República Dominicana” en la lista negra de su Informe Anual de 2016, dado “el interés manifiesto del Estado de superar las omisiones graves en su respuesta a las recomendaciones” de la Comisión. (Ord. 13, Pág. 883). En pocas palabras: les hacemos el favor porque el Gobierno se ha comprometido a ejecutar nuestras órdenes.

Está claro que la exclusión de esa lista no es un reconocimiento a nuestra soberanía y mucho menos al dominio reservado que el derecho internacional reconoce a los Estados para decidir sus estatutos de nacionalidad y migración. Se trata más bien de estimular al Gobierno a seguir cumpliendo el mandato de dejar “sin efecto” la Constitución y toda “decisión, o interpretación”, es decir, la Sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional (TC), que se viene cumpliendo a través de medidas tales como la Ley 169-14, la Resolución 1-17 del Consejo Nacional de Migración, mediante la cual se extendieron ilegalmente los plazos de PNRE y se ordenó a la Dirección General de Migración hacer los cambios de categoría migratoria, la Resolución No. DGM-04-2015 de migración que dispuso una amnistía administrativa de los cañeros luego de vencido el plan de regularización; entre otras.

En medio del jolgorio producido por la “exclusión”, con el que alientan al presidente a continuar en su errática política y consecuente destrozo de su legado, sectores de la prensa hicieron la grave denuncia de que fueron informados por funcionarios del Palacio Nacional de que el TC se apresta a declarar inconstitucional la ley 169-14, desatándose una campaña de intimidación contra el tribunal, en la que incluso se insta al presidente a desmantelar su identidad ideológica mediante la sustitución inmediata de algunos jueces a los que se les ha vencido el mandato. Esa denuncia es grave, no porque se declare inconstitucional la ley, lo cual es competencia soberana del tribunal, sino, porque si la información ha salido del Gobierno como lo han confesado parte de los denunciantes, significa que el Gobierno tiene ilegalmente vigiladas las deliberaciones del TC y eso en cualquier país del mundo es grave, aunque aquí no nos asombre.

Entre los alegatos que se vienen manejando contra una eventual decisión aducen que la ley 169-14 fue objeto de un consenso general. Nadie niega que el presidente hizo un esfuerzo por lograrlo y lo recibió, no para que se violara la Constitución, como finalmente se hizo al acreditarles la nacionalidad y ordenar la transcripción de sus nacimientos como dominicanos de origen, violando además la 168/13 que dispuso colocarlos en el libro de extranjería, sino para que se procurara una salida a través de la naturalización al drama humano surgido con aquellos extranjeros integrantes de lo que se denominó el grupo A, que estaban inscritos en el registro civil y habían vivido bajo la percepción de ser dominicanos sin serlo, en eso al día de hoy nadie se negará.

Respecto al grupo B, los “hijos de padres extranjeros en situación irregular nacidos en la República Dominicana y que no figuran inscritos en el Registro Civil” (Art. 1), a nadie se le planteó que se aprovecharía esa disposición para meter de contrabando una amnistía general en su favor, al disponer que podrán “registrarse en el libro para extranjeros contemplado en la Ley General de Migración No.285-04, siempre que acredite fehacientemente el hecho del nacimiento por los medios establecidos en el reglamento de esta ley.” (Art. 8). Es decir, que todo el nacido en cualquier tiempo, podría acogerse, hasta noventa días después del reglamento de la ley, con estatus de residente permanente que le permitirá hacerse ciudadano en dos años.

El operativo puesto en marcha para intimidar los jueces es deplorable y expresa un falso compromiso con la institucionalidad de los sectores que lo impulsan. Es obvio que estamos frente a un gobierno que en el manejo de este tema está aterrorizado y torpe, y para terminar de desgraciarnos, sólo faltaría que contagie al TC, para que éste, con su silencio o abdicación, también actúe en la destrucción de su mayor legado, consagrando así para siempre aquello de que la “Constitución es un pedazo de papel” que sólo sirve de envoltura a las secuelas del miedo.

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