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Han juzgado ‘difícil’ el tráfico de órganos

Written by Debate Plural
Doris Pantaleón (Listin, 18-8-16)

Aunque es definida como una práctica casi imposible dados los requerimientos altamente especializados que implica la extracción y preservación de un órgano humano, el fantasma del tráfico de órganos ha vuelto a surgir en República Dominicana tras el hallazgo del presunto cadáver de la niña de 10 años, Carla Massiel Cabrera Reyes, dada por desaparecida en junio del 2015.

Profesionales del trasplante de órganos y tejidos explican que la extracción de un órgano humano implica contar con un equipo humano y tecnológico altamente especializado; con un laboratorio de histocompatibilidad, del cual para donación cadavérica solo hay uno en el país ubicado en el hospital General de la Plaza de la Salud y las herramientas necesarias para la perfusión correcta del órgano antes de extraerlo, porque de lo contrario se daña.

República dominicana cuenta con alrededor de 15 cirujanos trasplantólogos y con no más de cinco centros de salud, reconocidos, con capacidad para extraer, preservar y trasplantar un órgano, aunque historias de rapto de niños y de tráfico de sus órganos surgen cada cierto tiempo en el país, sin que haya confirmaciones oficiales al respecto.

Investigaciones policiales, dadas a conocer a LISTÍN DIARIO, detallan que los órganos del cuerpo u osamenta encontrada por investigadores policiales en un lugar denominado La Cuaba, del kilómetro 23 de la autopista Duarte,  por las pistas que ofreció uno de los sospechosos de la muerte de la niña Carla Massiel, ahora en prisión, fueron extraídos y vendidos a un centro de salud.

Historias vinculadas a ese tipo de práctica han surgido en diferentes ocasiones en el país y los medios de comunicación recogen casos similares en el mundo, que aunque no son confirmadas crean preocupación entre la población.

Entrevistados por separado, los doctores Fernando Morales Billini, director del Instituto Nacional de Coordinación de Trasplantes (INCORT) y el transplantólogo Jiomar Figueroa, ven imposible la  extracción de órganos para tráfico ilegal en el país y atribuyen a “fábulas” historias que han surgido al respecto.

El doctor Morales Billini, en una comunicación enviada a este diario, recuerda que para que una persona pueda donar sus órganos debe fallecer en una Unidad de cuidados Intensivos conectado a un respirador mecánico, lo que va a permitir que a pesar de que la persona haya muerto, sus órganos puedan seguir oxigenados, por lo que es imposible utilizar los órganos extraídos fuera de esa circunstancia.

Dijo que además se requiere de una compatibilidad entre el donante y el receptor para que el órgano trasplantado no sea rechazado, además de una compleja infraestructura que va desde quirófanos de alta especialidad, pruebas para descartar transmisor tumoral y viral, hasta adecuados medios de transporte para que se logre con éxito un procedimiento correcto de donación y transporte.

El director del INCORT explica que la extracción de órganos humanos para trasplantarlos en otra persona es un proceso de alta complejidad en el que intervienen cerca de 30 especialistas entrenados para la realización de un trasplante renal; unos 80 en un trasplante cardiaco y alrededor de 100 profesionales de la salud en un trasplante hepático.

Dice que es preocupante que cada cierto tiempo surgen mitos y leyendas en la población sobre el secuestro de niños o adultos para realizarles extracción de órganos para trasplantes, lo que se ha catalogado como leyendas urbanas, generando inquietud y temor en la sociedad, afectando el proceso de la donación y el trasplante y repercutiendo negativamente en los pacientes que necesitan de un órgano para seguir viviendo.

Asegura que en sus más de 30 años de experiencia “nunca hemos visto que se compruebe un solo caso de tráfico de órganos por secuestro criminal, pero hemos visto cómo este tipo de rumores provocan un grado de terror en la población, capaz de desincentivar la donación”. Dijo que pocas entidades hay más prestigiosas y mejor organizadas que las redes de donación de órganos y, a su juicio, informaciones de este tipo afectan directamente a pacientes que necesitan de un órgano para seguir viviendo.

La Ley 329-98
En el país la Ley No. 329-98, del 11 de agosto de 1998, regula la donación y legado, extracción, conservación e intercambio para trasplante de órganos y tejidos humanos.

En el articulo 1.  Establece que tiene por objeto trazar las reglas de derecho que regirán la donación y legado, extracción, conservación, intercambio para trasplantes de órganos y tejidos humanos, con fines terapéuticos y científicos, así como los diversos aspectos relativos a estos objetivos.

En el artículo 2 establece que no se podrá percibir compensación alguna por la donación de órganos o tejidos.

La ley establece también las sanciones tanto de índole económico como penal en caso de comercialización.

Pese a ello, se han denunciado casos, no confirmados, de personas que han vendido uno de sus dos riñones a familias pudientes económicamente a cambio de dinero o han donado sangre a cambio de compensación económica.

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