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¿La Constitucion 2010 es un pedazo de papel?

Written by Debate Plural
Vinicio A. Castillo Semán (Listin, 3-11-14)

La Constitución de la República es la ley de leyes, la carta sustantiva de una nación y de su sistema institucional. Una de las conquistas más importantes de la sociedad dominicana en las últimas décadas ha sido precisamente crear conciencia en los funcionarios públicos y en el seno de la gente común acerca de su importancia y del respeto de sus normativas, como única manera de garantizar los derechos fundamentales de las personas y la buena marcha del Estado dominicano.

En el año 2010, en la reforma constitucional, fue esa supremacía de la Constitución la que llevó al constituyente a crear un Tribunal Constitucional, que sirviera de garante para su cumplimiento cabal. La Constitución es la norma que el Presidente de la República, los integrantes del Poder Legislativo, del Poder Judicial y, en sentido general, todo servidor público se obliga a cumplir al momento de asumir sus funciones.

En el caso del Ministerio Público (representante máximo de la sociedad y primer obligado en cumplir y hacer cumplir la Constitución y perseguir a sus infractores), la carta magna establece de manera clara y precisa en su artículo 171, párrafo 2, lo siguiente: “La función de representante del Ministerio Público es incompatible con cualquier otra función pública o privada, excepto la docente, y, mientras permanezca en el ejercicio de sus funciones, no podrán optar por ningún cargo electivo público ni participar en actividad política partidarista.” La Ley Orgánica del Ministerio Público, a su vez, en el Art.92, literal 5, establece como una falta muy grave, cuya pena es la destitución, lo siguiente: “Artículo 92. Faltas muy graves.

Son faltas muy graves que dan lugar a destitución las siguientes:…. 5. Realizar actividades político partidarias o autorizar u ordenar la realización de tales actividades;” Nadie puede discutir el hecho de que el Procurador General de la República, Lic. Francisco Domínguez Brito, ha violado la Constitución y la Ley Orgánica del Ministerio Público al participar de manera pública en actividades políticas partidaristas a las que él ha llamado “consultas con las bases de su partido” para tomar la decisión o no de aspirar de nuevo a la presidencia de la República. Las pruebas de sus actividades políticas proselitistas y cómo ha convertido parte importante de la estructura del Ministerio Público en toda la geografía nacional en una plataforma de promoción y trabajo político de su posible precandidatura, existen a borbotones.

La discusión planteada no es personal contra Francisco Domínguez Brito; lo que está en juego es la vida institucional del país y el respeto o no de su Constitución y sus leyes. La autodenominada “sociedad civil”, sectores empresariales, medios de comunicación y fi guras públicas de renombre que durante décadas han manifestado preocupación por la institucionalización y el cumplimiento por parte de los funcionarios de la Constitución y las leyes, han callado; se han escabullido y no han emitido el más mínimo reproche, por tratarse de Francisco Domínguez Brito. Le he dicho a algunos de esos amigos que callar frente a esa transgresión abierta porque se trata de determinado funcionario, restará calidad para exigir el cumplimiento del ordenamiento legal y constitucional a los demás miembros del Ministerio Público, a los funcionarios y a la ciudadanía en general.

Se ha querido chantajear a todo aquél que tenga el valor de plantear este tema, que es institucional, bajo la acusación de que el que lo hace procura defender al senador Félix Bautista, quien ha sido sometido por Francisco Domínguez Brito. Y es al revés: el Procurador ha pretendido que el hecho de someter al secretario de organización del PLD (que es una de las personas más cercanas a Leonel Fernández), le sirve de escudo protector para que él, impunemente, pueda convertir a nuestra Constitución en un “pedazo de papel”, pisoteándola sin el más mínimo miramiento, amparado en el poder de sus guardaespaldas mediáticos y de la “sociedad civil”.

No tengo por qué asumir ningún tipo de defensa de las acusaciones contra el senador Félix Bautista. Como él mismo ha dicho, él es el único responsable de sus actos y ha manifestado su disposición de responder ante la justicia por ellos. Pero eso es una cosa, y otra muy distinta e independiente a que la sociedad dominicana tenga que contemplar callada la transgresión de la Constitución por parte de su Procurador General.

Desde que fue nombrado Francisco Domínguez Brito como jefe del Ministerio Público, le advertí públicamente al Presidente Medina que estaba cometiendo un grave error, porque la condición de precandidato presidencial y aspirante futuro, llevaría al Ministerio Público del país a impregnarle y condicionar sus decisiones trascendentales a esas aspiraciones.

En noviembre del año 2012, hace ya dos años, con apenas tres meses de inaugurado el gobierno del Presidente Medina, denuncié públicamente (primera plana del periódico El Nacional) que como parte del proyecto presidencial futuro de Francisco Domínguez Brito, estaba descarrilar y destruir la imagen política y personal de quien había sido su mayor impulsor en la vida pública, el Dr. Leonel Fernández Reyna, que de la nada, lo hizo una fi – gura relevante en la vida nacional al designarlo en importantes cargos en el Ministerio Público, como lo había hecho ya antes con el Dr. Guillermo Moreno en el año 1996.

La cabeza del Ministerio Público de un país que enfrenta el auge de la criminalidad y de la inseguridad pública como el principal problema de sus ciudadanos, tiene que estar 24 horas dedicado a esa crucial y delicada misión.

Si se le infecta, distrae o desvía con la política proselitista, todo puede pasar, incluyendo que se convierta la Constitución dominicana en un simple pedazo de papel.

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